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lunes, 3 de diciembre de 2012

Recuperación del Mar de Grau usurpado por Chile: Alegatos Orales del Perú ante La Corte Internacional de Justicia en La Haya

Hola amigos: A VUELO DE UN QUINDE EL BLOG., se inicia una etapa histórica para el Perú, para recuperar el mar que nos  arrebató nuestro vecino sureño: Chile, que lamentablemente es una consecuencia de la Guerra del Pacífico, donde perdimos la rica zona productora del salitre que en aquellos tiempos constituía la única riqueza de la economía peruana: Tarapacá, y tal vez nunca hemos tenido la oportunidad de doblegar por la razón y la ley al agresivo vecino del sur,  que recurriendo a la Corte Internacional de Justicia, asentada en la La Haya - Holanda; que justamente hoy se inicia la etapa oral de los alegatos peruanos, cuyos juristas de encargaron de fundamentar los argumentos que sustenta la tesis peruana que nunca hemos tenido un tratado de límites marítimos con el vecino sureño, y que los convenios pesqueros de 1,950 y 1,952 fueron sólo eso.
La gran mayoría de los peruanos tenemos fundadas esperanzas que los juristas que integran la Corte Internacional de Justicia, sopesarán los sólidos argumentos peruanos y nos darán la razón, por que el Perú ha sido un país pacifista y sólo así logrará  el triunfo de la razón y no recurriendo a la apropiación o rapiña como lo hizo nuestro belicoso vecino del sur: Chile.

Perú argumentó defensa por diferendo marítimo con Chile en La HayaEste lunes inició la etapa oral del diferendo marítimo con Chile. Perú abrió los alegatos con la exposición del agente nacional Allan Wagner.

Vea los mapas que utilizó el Perú en el inicio de etapa oral en La Haya / foto 1. Diario La República.

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Wagner: Chile no ha logrado demostrar límite marítimo que alega.

 El agente peruano Allan Wagner inició la presentación de los alegatos de nuestro país ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya, respecto al diferendo marítimo con Chile.

En su presentación, el embajador subrayó que "no existe ningún tratado" de límites que establezca la frontera marítima con Chile.

"La causa del Perú ante esta Corte estriba en que la limitación marítima entre Perú y Chile nunca se ha delimitada y que, en ausencia de tal delimitación, esa frontera ha de quedar determinada por su Corte", refirió.

En tal sentido, Wagner señaló que, en los alegatos presentados por Chile, el vecino país "no ha logrado demostrar ni dónde ni cuándo quedó establecido el límite marítimo que esa parte alega".

"En contraposición con los alegatos presentados por Chile, no existe ningún tratado ni tampoco acuerdo por el que se establezca una frontera marítima entre Perú y Chile", refirió.


Contexto histórico
Wagner Tizón explicó que, para entender la postura peruana, es necesario referirse al contexto histórico que dio origen a este diferendo.

En tal sentido, el embajador peruano recordó que, en 1947, Chile publicó una Declaración y Perú un Decreto Supremo "respecto de la extensión de su jurisdicción a una distancia de 200 millas desde la costa".

Estos documentos, explicó Wagner, reflejaban el objetivo común "de proteger los derechos marítimos de cada uno de los Estados, de cara al momento de la pesca ballenera y de otras especies fuera de sus costas".

"Ninguno de los documentos se preocupaban de las fronteras laterales con los Estados vecinos.
En el Decreto Supremo del Perú, de 1947, no se incluye nada respecto a la frontera lateral que siguiera un paralelo de latitud ni otra línea cualquiera", acotó.

Luego, Wagner trajo a colación la Declaración de Santiago, firmada por Perú, Chile y Ecuador en 1952, mediante la cual se ponía de manifiesto una política común de Perú, Chile y Ecuador de cara a la comunidad internacional, "destinada a defender y proteger sus recursos vivos marítimos que estaban siendo explotados por grandes flotas balleneras y pesqueras".

En tal sentido, refirió Wagner, mediante la Declaración de Santiago "estos tres Estados proclamaron su jurisdicción hasta una distancia mínima de 200 millas marítimas de sus costas".

"Como la defensa de Perú explicará, la Declaración de Santiago nada tenía que ver con las fronteras laterales. Se ocupaba de la extensión de 200 millas de las zonas marítimas de los tres Estados, de cara a las actividades depredadoras tanto balleneras como de pesca de otras especies por parte de flotas extranjeras", sentenció.

Sobre el punto cuatro de la Declaración de Santiago, que según Chile delimita las fronteras marítimas, Wagner Tizón aclaró que este artículo "solamente se ocupa de los derechos marítimos correspondientes a las islas".

"En el punto cuatro no se delimitaban las fronteras marítimas entre el Perú y Chile ni entre el Perú y el Ecuador. Simplemente se declaraba por ese punto que, cuando había islas situadas dentro de las 200 millas marítimas de la zona marítima general de otro de los Estados signatarios, la zona marítima de tales islas se vería delimitada por el paralelo de latitud correspondiente al punto final de la frontera terrestre de los dos Estados", detalló.

Tras referir que esta situación existe únicamente en el caso de Perú y Ecuador, debido a la existencia de islas próximas a sus costas, Wagner apuntó que la delimitación marítima no quedó establecida por la Declaración de Santiago, sino recién en mayo de 2011.

Confianza en la Corte
Allan Wagner señaló que el Perú confía en que la decisión que adopte en su momento la Corte de La Haya resolverá el último tema pendiente con Chile, para que ambos países puedan tener un futuro de paz.

"El Perú confía en que la decisión dictada por esta distinguida Corte resolverá el último tema fronterizo que todavía existe entre Perú y Chile, permitiendo a nuestros dos países disfrutar de un futuro común de paz y bienestar para nuestros pueblos", remarcó.

Además, resaltó ante el tribunal, que preside el eslovaco Peter Tomka, que ambos países participan juntos en los procesos de integración en América Latina.

"El fomento de la integración regional ha sido siempre uno de los principales objetivos de la política exterior del Perú para contribuir al bienestar, unidad y cooperación entre las repúblicas americanas", mencionó.

Cabe precisar que, al inicio de su exposición, Wagner declaró su admiración por el extinto ex mandatario peruano José Luis Bustamante y Rivero, ex presidente de la Corte de La Haya y uno de los grandes promotores de la tesis de las 200 millas marítimas.

Jurista internacional Rodman Bundy sostuvo que Chile es consciente que una línea equidistante da un resultado equitativo.
Equipo peruano ante La Haya: Chile intenta dificultar litigio El catedrático francés Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante La Haya, expone la posición del Perú.

Equipo peruano ante La Haya: Chile intenta dificultar litigio.-


El catedrático francés Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante La Haya, advirtió ante la Corte Internacional de Justicia que Chile intenta transformar el diferendo marítimo en un litigio difícil de comprender y muy complejo.
“Es muy poco frecuente que un diferendo contencioso que se someta a la alta jurisdicción de esta Corte vaya tan marcado por un enfrentamiento de tesis jurídica, incluso se podría decirse que Perú ha presentado un caso muy sencillo de delimitación marítima y que Chile intenta transformarlo en un litigio muy difícil de comprender y muy complejo que se basa sobre todo en el derecho de los tratados”, manifestó.
Pellet explicó el pedido del Perú, en el sentido que la Corte de La Haya determine la frontera entre las zonas marítimas de ambos estados “de conformidad con el derecho internacional”.

Asimismo, pide que juzgue o se pronuncie si el Perú posee derechos exclusivos soberanos en la zona marítima situada dentro del límite de las 200 millas marítimas a partir de su costa, pero fuera de la zona económica de Chile o de su plataforma continental.

“Las conclusiones de la memoria y la réplica de Perú especifican y precisan esas solicitudes sin modificarlas, trátese del triángulo exterior al que se refieren la segunda conclusión o a nivel general de la línea de delimitación entre los espacios marítimos que correspondan a cada una de las dos partes”, anotó.

El destacado jurista manifestó que Perú pide a la Corte que zanjen este contenciosos “aplicando los principios del derecho del mar como lo refleja la Convención del 1982 y como al consagra la jurisprudencia de esta Corte y otros tribunales internacionales”.
"Chile inventa límites marítimos"
Pellet defendió la propuesta para trazar una línea equidistante que delimite la frontera marítima con Chile, que consiste en trazar una línea que divida en partes iguales la zona bajo controversia para solucionar disputas marítimas entre Estados similares a la que mantienen Perú y Chile.

“Es jurídicamente vinculante para las partes y la Corte y permite determinar la línea de delimitación marítima correspondiente a la solución equitativa que exige los artículos 74 y 83 del Convenio de Montego Bay, como el derecho consuetudinario”, anotó.

El jurista manifestó que parece un procedimiento sencillo, “pero Chile, con el talento de sus letrados, ha hecho lo posible por complicar de manera indebida. En lugar de reconocer la evidencia de que se carece de una delimitación marítima entre las partes, el Estado demandado se ha empeñado en demostrar, a través de contorsiones impuestas -al derecho de los tratados y a los hechos de este procedimiento- que si se aprobó una línea fronteriza en forma convencional en 1952 a través de la declaración en Santiago y que constantemente ha sido aplicada como tal”.

Dijo que con un simple croquis basta para demostrar que el punto de llegada de la frontera terrestre y, por ende, el punto de llegada de la delimitación marítima no puede estar situado donde Chile pretende que está, es decir, en el paralelo sur 18 grados, 21 minutos 0 segundos.

Acusa además a Chile de ‘inventar’ un límite “que jamás ha sido objeto de acuerdo entre las partes, según el cual estas habrían acordado una delimitación marítima, cuyo resultado más claro sería privar al Perú de casi 67 mil kilómetros cuadrados de zona marítima”.

Perú alega que este es un espacio marítimo respecto del cual el derecho del mar contemporáneo “reconoce a Perú a título exclusivo derecho soberanos”.
Treves: Sería incorrecto considerar como tratados a convenios de 1950El integrante del equipo jurídico peruano explicó que los convenios tuvieron como único objetivo evitar que industrias pesqueras extranjeras depreden los recursos marinos.

Treves: Sería incorrecto considerar como tratados a convenios de 1950.-

Sería incorrecto y un anacronismo considerar los convenios suscritos por Perú, Ecuador y Chile en la década de 1950 como tratados limítrofes, sostuvo hoy el integrante del equipo jurídico peruano ante la Corte de La Haya, Tullio Treves.

En su intervención durante los alegatos orales del Perú ante la Corte de La Haya, Treves explicó que los mencionados convenios tuvieron como único objetivo evitar que industrias pesqueras extranjeras depreden los recursos marinos de sus costas.

Además, sustentó que dichos instrumentos buscaban preservar el derecho de todas las naciones al tránsito libre.

"Ninguno de ellos ni su combinación constituyen un tratado de delimitación marítima. (...) Ecuador, Perú y Chile dijeron que con la declaración estaban inspirados en la conservación y empleo prudente de los recursos naturales al tiempo de salvaguardar los derechos de los Estados a la navegación y al comercio", indicó.

Treves añadió que cuando se redactaron esos documentos el derecho internacional no había evolucionado al punto en el que se encuentra en la actualidad, por lo que los términos en los que se concebían los acuerdos y convenios no eran unánimes.

"No sería correcto interpretar la Declaración de Santiago con los conceptos tal como lo entendemos en la actualidad, sería incorrecto y un anacronismo", dijo.
Jurista Wood en La Haya: Chile busca argumentos donde no los hayMichael Wood.- El integrante del equipo jurista que representa al Perú reiteró que los instrumentos firmados por Perú y Chile en 1947 ´eran provisionales´.

Jurista Wood en La Haya: Chile busca argumentos donde no los hay.-


El jurista integrante del equipo legal ante la Corte Internacional de La Haya, Michael Wood, opinó que Chile busca argumentos ‘donde no los hay’. Reiteró que los documentos de 1947 no pretendían establecer una frontera internacional.
“Los pronunciamientos de Chile sobre los documentos de 1947 buscan argumentos donde no los hay. Ninguno de los dos instrumentos unilaterales pretendía establecer una frontera internacional entre las zonas marítimas ampliadas que declaraban a título tentativo Perú y Chile”, sustentó.
Reafirmó que los documentos que esgrime Chile como defensa se tratan de documentos provisionales. “No son tan significativos como los quieren hacer parecer”, manifestó durante su exposición ante los jueces del tribunal internacional.
Ratificó que las declaraciones buscaban proteger los derechos marítimos de ambos estados respecto a la pesca extranjera. Asimismo, manifestó que este instrumento chileno carecía de valor jurídico y se expresa la ‘voluntad política’.
“La declaración de Chile de 1947 nada dice sobre las fronteras laterales. Dice que declaraba su soberanía sobre toda la plataforma continental adyacente a las costas continentales e insulares del territorio nacional”, explicó.
En el caso del decreto supremo peruano, argumentó que del documento jurídico se desprende que el objetivo no establecía límites laterales. “Se trata de la extensión hacia el mar de las competencias jurisdiccionales”, comentó.
Reiteró que la declaración chilena y el decreto supremo peruano buscaban establecer un control sobre una zona marítima hasta las 200 millas frente al resto del mundo.
De igual modo, afirmó que la tesis de la línea paralela que propuso el Estado de Chile implica ‘una inequidad evidente’.“El paralelo supondría un efecto de reducción importantísimo de las aguas peruanas y llevaría una división de la zona en cuestión de 0.39 a 1 en favor de Chile”, agregó.
 Jurista internacional Rodman Bundy sostuvo que Chile es consciente que una línea equidistante da un resultado equitativo.

La Haya: Perú defendió línea equidistante y solución equitativa.-

El jurista internacional Rodman Bundy, que conforma el equipo jurídico del Perú para el diferendo marítimo con Chile, defendió el trazo de una línea equidistante para buscar una solución equitativa.

"Chile es consciente que una línea equidistante da un resultado equitativo, su reclamo sobre el paralelo no produce ese resultado", expresó el estadounidense durante su intervención, que siguió a la del jurista francés  Alain Pellet y del agente peruano Allan Wagner.

Bundy mostró mapas de las costas de Perú y Chile para alegar que la frontera terrestre empieza en el Punto Concordia y es desde ahí donde debe comenzar la delimitación marítima.

Remarcó que “debido a la naturaleza plana o lisa de cada parte en la zona pertinente” y que no hay presencia de islas, no se distorsiona la trayectoria de una línea equidistante.

 “Las características geográficas del caso presente son un caso clásico de una situación donde la equidistancia, de por sí, produce un resultado manifiestamente equitativo”, enfatizó.

Bundy reforzó su tesis al señalar que en sus alegatos escritos, Chile no ha expresado su desacuerdo con la descripción de Perú de las costas pertinentes para fines de delimitación.

Añadió que la equidistancia permite que la delimitación evite la amputación excesiva de las proyecciones marítimas de sendos territorios.

Este fue el mapa que tuvimos luego de la independencia entre Perú, Bolivia y Chile.

 
 Aquí apreciamos en la imagen el mapa de lo que eran los límites entre Perú, Chile y Bolivia antes del inicio de la Guerra del Pacífico. Fuente: Foro Militar General.
 http://images.wikia.com/althistory/es/images/f/fa/Chile.pngChile.png
  Añadida por Mosterio Publicado en Capitanía General de Chile (Mancomunidad Hispánica)
 Capitanía General de Chile (Mancomunidad Hispánica)
 es.althistory.wikia.com/wiki/Capitanía_General_de_Chile_(Mancomunidad_Hispánica) - 58k -
 http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/b/ba/Le_Chili.jpg
 Full resolution(1,481 × 2,000 pixels, file size: 2.64 MB, MIME type: image/jpeg); ZoomViewer: flash/no flash
Mapa francés de 1656 sobre Chile. Wikipedia
La extensión del territorio del llamado Reino de Chile ha sido materia de fuerte debate y controversia, especialmente tras la independencia de los estados sudamericanos.
En 1548, Pedro de Valdivia obtuvo de Pedro de la Gasca, presidente de la Real Audiencia de Lima "por gobernación y conquista desde Copiapó, que está en 27 grados de altura de la línea equinoccial a la parte del sur, hasta 41 de la dicha parte, procediente norte sur derecho por meridiano, e de ancho entrando en la mar a la tierra hueste leste cien leguas". El emperador Carlos I, al confirmar en 1552 el nombramiento de Pedro de Valdivia hecho por de La Gasca, fijó el territorio de la Gobernación de Nueva Extremadura como una franja de 100 leguas de oeste a este desde el Mar del Sur delimitada por los paralelos 27° y 41° de latitud sur (aproximadamente entre Copiapó y Osorno).6
Por petición de Valdivia, Carlos I extendió la gobernación hasta el estrecho de Magallanes por real cédula, aunque en el intertanto Pedro de Valdivia había fallecido. Jerónimo de Alderete, quien fue nombrado sucesor de Valdivia el 17 de octubre de 1554, falleció mientras volvía a Chile desde España. Posteriormente, en una real comisión dictada por el gobernador García Hurtado de Mendoza a Pedro del Castillo, el 20 de noviembre de 1560 señaló: "[...] Por cuanto su Majestad por sus reales Provisiones me encargó la Gobernación de estas dichas Provincias de Chile de Norte a Sur desde el Valle de Copiapó hasta la otra parte del Estrecho de Magallanes, y de este-oeste ciento cincuenta leguas, como se lo dio y señaló por Gobernación al Adelantado Don Jerónimo de Alderete [...]". En esta época, la Gobernación o Capitanía General de Chile adquirió lo que sería su máxima extensión, que abarcaba todo el extremo meridional del Cono Sur y la totalidad de la Patagonia.
Wikipedia.
http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/0/03/Territorio_ocupado_en_Tarapac%C3%A1_por_el_ej%C3%A9rcito_chileno_%281879%29.jpg
Full resolution(572 × 643 pixels, file size: 75 KB, MIME type: image/jpeg)
Mapa del Territorio ocupado en Tarapacá por el ejército chileno durante la Guerra del Pacífico, del 25 de noviembre de 1879.Wikipedia

Frontera Chile-Perú

Por el Tratado de Paz y Amistad entre Perú y Chile (Tratado de Ancón), firmado en Lima, el 20 de octubre de 1883, el Perú cedió a Chile el territorio de la Provincia Litoral de Tarapacá, que tenía como límite norte el río y quebrada de Camarones y, por el sur, la quebrada y río Loa.12
Además, las provincias de Tacna y Arica continuarían en poder de Chile durante diez años, y a su vencimiento, un plebiscito decidiría si dichas provincias retornaban al Perú o pasaban definitivamente a Chile.
El plebiscito en mención, nunca se realizó por la sistemática oposición de los gobernantes chilenos. Por el contrario, pusieron en práctica una política de "chilenización" de ambas provincias. La Provincia de Tarata fue devuelta el 1 de septiembre de 1925.
El 3 de junio de 1929, se firmó en Lima el Tratado y Protocolo Complementario para resolver la cuestión de Tacna y Arica (Tratado de Lima). En virtud de este tratado Tacna retornaba al Perú y Arica pasaba a integrar, en forma definitiva, el territorio chileno. También en este tratado, se fijó la línea de frontera entre ambos países, que se describe a continuación:
  • El Hito Nº 1, llamado "Orilla de Mar", a diez kilómetros al norte del puente del río Lluta (Chile). El Perú sostiene que la frontera se inicia en el "Punto Concordia" donde el arco de diez kilómetros al norte desde el puente del río Lluta corta el océano Pacífico.
  • La línea de frontera sigue hacia el oriente, paralela a la línea del ferrocarril de Arica a La Paz, distante diez kilómetros de ella dejando en territorio chileno las azufreras de Tacora (y también el volcán Tacora).
  • La línea de frontera continúa por las sierras de Huaylillas, en dirección norte, hasta el cerro El Fraile.
  • Desde el cerro El Fraile, una línea recta en dirección este, hasta la laguna Blanca.
  • Una línea recta cruza laguna Blanca hasta su extremo nororiental. Desde allí la línea de frontera continúa hasta la cumbre del cerro Pacocahua, en la parte sur del caserío Ancomarca (Perú).
  • Desde este lugar, otra línea recta sobre la meseta de Ancomarca, hasta el hito Nº 80 de la frontera entre Perú y Chile, que está a 17º 29‘ 54" de latitud sur y 69º 28‘ 28,8“ de longitud oeste (UTM: N8030765,668; E20229603,682; Zona: 0,000; Factor escala: 4,917).
El artículo quinto de este Tratado y protocolo Complementario (Tratado de Ancón) establece que, para el servicio del Perú, el "Gobierno de Chile construirá a su costo, dentro de los 1.575 de la bahía de Arica, un malecón de atraque para vapores de calado, un edificio para la agencia aduanera peruana y una estación terminal para el ferrocarril a Tacna, establecimientos y zonas donde el comercio de tránsito del Perú gozará de la independencia propia del más amplio puerto libre".
Sobre el límite marítimo ha surgido una controversia entre la República del Perú y la República de Chile, a partir de la interpretación peruana que la delimitación del límite marítimo entre ambos países estaría aún sin determinar; Chile sostiene, en cambio, que no existen temas limítrofes pendientes con el Perú, por cuanto existirían tratados internacionales vigentes sobre la materia.
 Wikipedia.

La Capitanía General de Chile dejó de depender del Virreinato peruano sólo hacia 1798. Se componía de 2 intendencias o provincias: la de Santiago v la de Concepción, las que se dividían en 22 partidos, con un total aproximado de medio millón de habitantes. Dada la constante lucha contra los indios y los piratas, así como por haber sido durante un tiempo presidio (Valdivia), la Capitanía General de Chile tuvo un marcadísimo carácter militar. Sus mayores riquezas fueron el trigo, la vid, el ganado v algunas industrias privadas. Su movimiento comercial pudo disponer de la vía de Magallanes, la de Buenos Aires, la del Perú y la del contrabando, que era la más socorrida de las cuatro. Tenía dos obispos y una Universidad, la de San Felipe. No abundaron los esclavos negros, a causa de las dificultades que el medio y la naturaleza significaban entonces, dentro del criterio mercantilista de la política española. Cuando la independencia, eran en realidad muy pocos, y los más, provenientes de fundos que habían pertenecido a los jesuitas. La capital fue Santiago.
ccat.sas.upenn.edu/romance/spanish/219/07colonial/virreinatos.html - 13k - Similar pages
Guillermo Gonzalo Sánchez Achutegui
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9 comentarios:

Pedro dijo...

Agencia de noticias Andina... nos dice:...Posición del Perú ha sido sostenida de manera contundente y coherente.-
Lima, dic. 11 (ANDINA). El Perú ha sostenido ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una posición "contundente y coherente”, en el sentido de que no existe un tratado de límites marítimos con Chile, aseveró hoy el ministro de Relaciones Exteriores, Rafael Roncagliolo.
En un pronunciamiento público, tras la culminación de la presentación de los alegatos peruanos ante el tribunal de La Haya, dijo que corresponderá a la Corte establecer la frontera marítima de acuerdo al derecho internacional y destacó que la amplia unidad en el país en torno al tema.

Señaló que los alegatos presentados por el equipo del Perú son el resultado de un trabajo profesional, riguroso y comprometido del Ministerio de Relaciones Exteriores, que se ha desarrollado de manera consistente durante tres gestiones gubernamentales consecutivos.

Lo cual demuestra la unión de todos los sectores en el país, en torno a los intereses nacionales, subrayó.

Afirmó que la frontera marítima debe fijarse siguiendo “el método de la equidistancia”, desde el punto de la Concordia en el que la frontera terrestre entre Perú y Chile llega al mar, de acuerdo al Tratado de Lima de 1929.

Reiteró que la práctica de los Estados, de conformidad con el derecho internacional y con la jurisprudencia de la Corte y de otros tribunales internacionales, no sustituye la ausencia de un tratado de límites marítimos.

Tampoco, agregó, se puede introducir por la vía de la interpretación contenidos ajenos al texto de los instrumentos que fueron firmados por los Estados.

Asimismo, señaló que el equipo jurídico del Perú ha insistido que la Corte de La Haya reconozca al país los derechos soberanos y exclusivos que le corresponde en el triángulo externo, ubicado dentro de las 200 millas nacionales y fuera de las 200 millas de Chile.

El Canciller Roncagliolo aseveró que hoy la defensa peruana respondió debidamente la pregunta del juez Mohamed Bennouna, la misma que destacó la importancia de ubicar a la declaración de Santiago de 1952 en su contexto histórico.

“Como ha señalado nuestro equipo jurídico en ese año, Chile y Perú no hubieran podido, de conformidad con el derecho internacional general, delimitar una frontera marítima”, añadió.

Sostuvo que la declaración de 1952 estableció una política marítima internacional conjunta, que contribuyó de manera decisiva a la formación del nuevo derecho del mar.

Además, refirió que la preocupación de los Estados dignatarios en ese año era proclamar los límites exteriores de las 200 millas, con el fin de proteger los recursos naturales contenidos en esa área y no establecer límites laterales.

El jefe de la diplomacia peruana aseveró que el fallo de la corte internacional pondrá fin a una controversia jurídica entre dos países unidos por un conjunto de intereses compartidos.

“Nos permitirá continuar construyendo una relación bilateral fundada en el respeto mutuo, el derecho internacional, la cooperación y la voluntad de integración para enfrentar los retos comunes del siglo XXI”, declaró.

Por ello, instó a esperar con serenidad la culminación de este proceso y recibir con madurez el fallo que emita la corte.

De esta manera, subrayó, el Perú y Chile darán a toda América Latina un ejemplo de buena vecindad y de apego al derecho internacional.

Esto cobra especial importancia en un momento en que el Perú tiene la Presidencia Pro Témpore de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) y Chile preside la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe (Celac), remarcó.

Pedro dijo...

Agencia de Noticias Andina... nos dice:....Respuesta a pregunta efectuada por corte refuerza argumentos de Perú .-
Lima, dic. 11 (ANDINA). El historiador Antonio Zapata sostuvo hoy que la respuesta efectuada por el equipo jurídico peruano, a la pregunta del juez de la corte de La Haya, el marroquí Mohamed Bennouna, fue debidamente contestada y refuerza los argumentos de que no existen tratados de límites marítimos con Chile.

Entrevista a Antonio Zapata. Foto: ANDINA/Héctor Vinces.
Indicó que en la última presentación peruana, efectuada este martes en La Haya, Holanda, se puso mucho énfasis en la resolución a la interrogante planteada por el magistrado del organismo supranacional.

El viernes 7, luego de la primera intervención chilena en el tribunal internacional, Bennouna hizo una pregunta dirigida a los equipos jurídicos de Perú y Chile.

“¿Consideran ustedes, en tanto signatarios de la Declaración de Santiago de 1952, que podían en esa fecha, conforme al derecho internacional general, proclamar y delimitar una zona marítima de soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas?”.

“Se ha respondido esa pregunta, incluso por encima de polemizar punto por punto lo dicho por Chile, priorizando correctamente la inquietud de la corte. La correcta respuesta lleva a reforzar el argumento de Perú de que no hay tratados de límites (marítimos) y, por tanto, la corte debe fijarlos”, declaró Zapata a la Agencia Andina.

En ese sentido, manifestó que el equipo jurídico pudo evidenciar que tanto la Declaración de Santiago de 1952 y los acuerdos pesqueros de 1954 “son instrumentos firmados en conferencias que tenían propósitos muy distintos a fijar límites”.

“Además de que fijar los límites no estaba en el mandato de los delegados adscritos para dichas ocasiones”, añadió.

Asimismo, recordó que en los acuerdos de 1954 se dieron medidas de protección frente a la acción depredadora de flotas internacionales que pescaban en los mares de Chile, Perú y Ecuador, por lo que proclamaron al mundo su defensa de las 200 millas marinas.

“En ese momento no habían otros países (que hicieran esta defensa). Ese documento es la proclamación de la voluntad de convencer al mundo de que las 200 millas eran la fórmula, ninguno de los dos instrumentos (de 1952 y 1954) surge de eventos donde los límites hayan sido parte de la problemática”, explicó.

Por otro lado, aseguró que Chile sustentará su línea argumental, que dará a conocer el viernes próximo, basada en que los acuerdos de 1952 y 1954 “son tratados de límites y que se expresaron en los parámetros vigentes en aquellos días, donde los paralelos meridianos eran la forma como se medían cartas náuticas”.

“Chile dirá que como eran tratados de límites se expresan en paralelo, que era como se medían las cosas en los años cincuenta", puntualizó.

Pedro dijo...

La Agencia de noticias Andina... nos dice:...
Kahhat: Perú y Chile no podían definir límites marítimos en 1952.-
Lima, dic. 11 (ANDINA). El internacionalista Farid Kahhat coincidió con el argumento peruano ante la corte de La Haya en el sentido de que en 1952, año en que se suscribió la Declaración de Santiago, no era posible definir límites marítimos bajo el derecho internacional de la época.
Indicó que por aquel entonces cualquier delimitación de la frontera marítima debía hacerse sólo con base en 12 millas marítimas y no a partir de 200 millas náuticas, como hoy en día, pues estas últimas no eran reconocidas por el derecho internacional como mar territorial de los Estados.

Al respaldar la respuesta del equipo jurídico de Perú a la pregunta de un juez de la corte de La Haya, en el sentido de si era posible o no fijar límites marítimos en esa época, Kahhat afirmó que Perú tampoco buscaba definir entonces una delimitación marítima con Chile y Ecuador.

“Si asumimos que los dos países (más Ecuador) fijaban un mar territorial de 200 millas, entonces estaban yendo más allá de lo que el derecho internacional reconocía en esa época y el resto de Estados no tenía por qué reconocer esa declaración unilateral”, comentó en TV Perú.

El analista internacional explicó que cuando dos naciones firman un tratado de límites marítimos este tiene implicancias en el resto del mundo, pues con ese documento se les dice a los demás países que nadie más que las partes tienen derechos sobre la zona marítima delimitada.

Kahhat comentó que la defensa de Chile, que pretende hacer valer el acuerdo de 1952 como un tratado de límites marítimos, se centra mucho en las actas preliminares y prácticas posteriores sobre el mar, cuando lo sustantivo debería ser el propio texto y objeto de la citada declaración.

“Las actas, en la práctica, no son parte del contexto, como alega Chile, sino son sólo material adicional o trabajo previo que no tiene importancia capital a la hora de interpretar los tratados”, manifestó el especialista en temas internacionales.

Además, Kahhat afirmó que no existe por parte de Chile legislación ni mapas que antes de la década del noventa establecieran la línea paralela como supuesta delimitación marítima con Perú.

“Tampoco hay desde Perú mapas, legislación o cartas náuticas oficiales –no textos escolares– que fijen el paralelo como límite”, acotó.

Pedro dijo...

La Agencia de Noticias Andina... nos dice:...
Pretender fijar límites con base en Declaración de Santiago es “enfrentarse al derecho”.-
Lima, dic. 11 (ANDINA). Sostener que los “límites marítimos” entre Perú y Chile fueron fijados mediante un documento ajeno a ese tema, como la Declaración de Santiago de 1952, es “enfrentarse al derecho internacional”, aseveró hoy el internacionalista Ernesto Velit.
Dicho documento “no es un acuerdo sobre límites y no hay manera de definir estos a partir de lo que este dice”, declaró a la Agencia Andina.

Ese concepto ha quedado claro, dijo, en las presentaciones del equipo peruano encargado de defender la demanda interpuesta contra Chile por el diferendo marítimo, refirió.

En ellas se precisó con exactitud la naturaleza de los documentos firmados en 1952 y 1954, que para Chile definieron los “límites marítimos”; interpretación con la que Perú está en desacuerdo por tratarse de convenios que se refieren a la protección del recurso marino.

“No existen límites determinados entre los dos países”, recordó Velit, quien señaló que hacia ese punto se dirigieron las exposiciones del equipo peruano ante los jueces de La Haya. “Cada uno de los técnicos que participó supo darle fuerza de derecho a esta afirmación”, añadió.

De igual modo, el catedrático indicó que, por su rotundez y brillantez, la ronda de alegatos peruanos constituye “una enseñanza para otros países que puedan verse en situaciones similares”.

El tratamiento dado demuestra “cómo manejar un tema como este, sin tener que recurrir a antecedentes históricos demasiado espinosos, sino simplemente recurriendo a la luz del derecho internacional”, sostuvo.

“Hay razones más que suficientes para sentirse orgullosos de la manera en que se ha conducido la posición de la misión peruana en su defensa de nuestra soberanía”, puntualizó Velit.

Pedro dijo...

La Agencia de noticias Andina.. nos dice:
Wagner confía en que corte de La Haya recoja argumentos de Perú en sentencia.-
La Haya, dic. 11 (ANDINA). El agente peruano ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Allan Wagner, dijo hoy tener confianza en que este tribunal acogerá los argumentos de Perú presentados en la demanda de límites marítimos con Chile, que se basan en “elementos de hecho y de derecho”.
En un pronunciamiento público ante la prensa, al culminar los alegatos de la parte peruana, consideró que la frontera marítima que determine ese alto tribunal debe seguir una línea equidistante que parta del Punto Concordia y que llegue hasta las 200 millas.

“El equipo peruano tiene la confianza de haber podido exponer ante la corte los elementos de hecho y de derecho que sustentan nuestra posición y confiamos en que los jueces los recojan en su sentencia”, señaló.

Añadió que la parte peruana espera que el tribunal “reconozca los derechos soberanos de Perú” en el denominado “Triángulo Exterior”, una zona marítima de 28,000 kilómetros cuadrados que se encuentra dentro de las 200 millas peruanas, y que Chile considera alta mar.

En otro momento, destacó “el clima alturado y profesional en que se han desarrollado estas dos semanas de audiencias orales, como corresponde a dos países hermanos que desean resolver pacíficamente esta controversia”.

En tal sentido, dijo que el lado peruano esperará hasta el viernes 14 de diciembre para escuchar “los últimos alegatos de Chile sobre el caso”.

“En nombre del equipo peruano, quisiera expresar la satisfacción que tenemos por haber cumplido de esta manera el honroso encargo que recibiéramos de sucesivos gobiernos para llevar a cabo esta delicada y trascendente tarea”, indicó el embajador.

En ese contexto, agradeció al presidente Ollanta Humala y a su antecesor Alan García. Al primero por ratificarlo como agente peruano ante el tribunal de La Haya y al segundo por haberlo designado desde un comienzo en dicho cargo.

“Estos gobiernos tuvieron a bien mantener y enriquecer el equipo de destacados abogados, especialistas y diplomáticos que lo integran”, expresó.

Pedro dijo...

La agencia de noticias Andina.. nos dice:
Wagner: fallo equitativo de La Haya resolverá último asunto fronterizo de Perú y Chile.-
La Haya, dic. 11 (ANDINA). Perú espera un fallo equitativo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, que permita poner fin al único asunto fronterizo que “arroja su sombra” sobre sus relaciones con Chile, sostuvo hoy Allan Wagner, agente peruano ante dicho tribunal.
Al cerrar la última presentación de alegatos orales del equipo jurídico peruano, ratificó que en todo momento Chile se negó a iniciar las negociaciones planteadas por Perú para delimitar la frontera marítima, razón por la cual el Estado peruano se vio obligado a plantear el tema ante la corte.

“Esta causa reviste la máxima importancia para Perú. Están en juego los derechos de un Estado costero respecto de la zona marítima fuera de sus costas, así como a la delimitación de su frontera marítima con Chile, de modo que se debe llegar a una solución equitativa”, dijo el embajador peruano.

El agente peruano mencionó que los abogados de la parte chilena, en sus respectivas intervenciones orales, intentaron “disociar” el punto de partida de la que debería ser la delimitación marítima del punto final de la frontera terrestre entre ambos países.

“Esto supone una retirada de su anterior e insostenible posición respecto del Punto Concordia, que, sin duda, es el punto final de la frontera terrestre y que ha de ser, necesariamente, el punto de partida para la delimitación marítima”, expresó ante la corte internacional.

Wagner enfatizó también que Chile pretende adjudicarse la mayor parte de los recursos de la zona marítima en controversia, contradiciendo las normas del derecho del mar y privando a las provincias meridionales de Perú de los recursos que les corresponden por derecho.

Asimismo, descartó que Perú haya mantenido a los largo de los años “un silencio” en relación con la inexistencia de una frontera marítima delimitada con Chile, y mencionó que en 1986 se planteó iniciar negociaciones con Santiago, por medio del embajador Juan Miguel Bákula.

Recordó que, en ese entonces, Chile respondió que “estudiaría el asunto y lo vería a su debido tiempo”.

Agregó que durante su presentación oral la defensa chilena también intentó introducir dudas respecto de la conducta de Ecuador, país que, además de firmar la Declaración de Santiago (1952), suscribió un acuerdo bilateral y explícito de límites marítimos con Perú en el 2011.

También ratificó que los representantes peruanos que suscribieron el acuerdo de Santiago de Chile (1952), al término de una conferencia sobre asuntos balleneros, no tenían la mínima intención ni estaban preparados para firmar un tratado de delimitación marítima entre países vecinos.

Wagner reconoció, además, la metodología profesional con que la parte chilena expuso sus argumentos orales en su respectivo turno de intervención, y destacó el ambiente cordial que primó en las audiencias, lo que –dijo– va acorde con los sentimientos de amistad entre Perú y Chile.

Por último, reiteró la petición peruana para que se delimite la frontera marítima entre ambas naciones, en función de la línea iniciada en el Punto Concordia, y que se definan los derechos de soberanía de Perú más allá de donde culmina esa delimitación en una zona marítima de hasta 200 millas.

Pedro dijo...

La Agencia de noticias Andina, nos dice:
Límite marítimo debe empezar en el Punto Concordia y no en el Hito 1 (ampliación).-
La Haya, dic. 11 (ANDINA). El límite marítimo que establezca la Corte Internacional de Justicia de La Haya entre Perú y Chile debe empezar en el Punto Concordia, fijado por el Tratado de 1929, y que Chile “borró” unilateralmente en 1998, dijo hoy el abogado Rodman Bundy.
Ante los jueces del alto tribunal internacional, el integrante del equipo jurídico peruano señaló que tras suprimir ese punto, donde se unen la tierra y el mar, Chile introdujo el Hito 1, situado más al norte, como el inicio de la supuesta “frontera marítima” con Perú, que sigue una línea paralela.

“Demostramos que la reivindicación de Chile no se puede reconciliar ni con el Tratado de 1929 ni con su propia lectura del punto 4 de la Declaración de Santiago, porque la línea de reivindicación de Chile no parte de un punto en la costa donde la frontera terrestre llega al mar”, manifestó.

Bundy explicó que los mapas de Chile mostraban la frontera terrestre con el Punto Concordia, hasta que fueron modificados unilateralmente en 1998 con un “toque de la tecla borrar” en un “torpe intento por cambiar la frontera terrestre”.

El litigante ironizó al señalar también que en ese momento Chile presionó la tecla “insertar” para añadir una delimitación marítima entre ambos países a lo largo del paralelo de latitud, cuando ninguna de estas había existido anteriormente.

En su intervención destacó que en los alegatos peruanos y chilenos existen elementos coincidentes, por ejemplo, en reconocer que el Tratado de Lima de 1929 establece de forma final y definitiva la frontera terrestre entre los dos países.

Añadió, entonces, que la existencia del Punto Concordia, ubicado en la intersección de la frontera terrestre con la línea de bajamar, “es un asunto que ha sido zanjado totalmente”.

En ese sentido, dijo que es un “error” de Chile afirmar que el término de la frontera, como dice su Contramemoria, se sitúa en el Hito 1 y no en el Punto Concordia.

“No se le pide a esta corte que dirima una querella sobre frontera terrestre, pues esta llega a la costa en el Punto Concordia, sino que sentencie y declare que la delimitación de la frontera marítima es una línea que arranca en el Punto Concordia”, reiteró.

El integrante del equipo jurídico peruano refirió que si la teoría de Chile respecto a que el acuerdo de 1952 trazó la frontera marítima fuera cierta:"¿Entonces dónde estuvo situada esta delimitación marítima durante esos años?

“No podía haber estado a lo largo del paralelo que cruzaba en el Hito 1, pues este no es el punto donde la frontera terrestre de Perú y Chile llega al mar, ni en ningún otro paralelo de latitud ni aparece en ningún mapa chileno”, anotó.

“Perú mantiene plenamente su alegato de que la frontera marítima entre las partes debe partir del Punto Concordia”, concluyó.

Pedro dijo...

La Agencia de noticias Andina nos dice:
La Haya tiene la oportunidad de fijar una solución equitativa en el litigio Perú-Chile.-
La Haya, dic. 11 (ANDINA). La Corte Internacional de Justicia de La Haya tiene la oportunidad de dictar una “solución equitativa” al litigio marítimo entre Perú y Chile, definiendo ese límite por la línea equidistante desde el Punto Concordia, afirmó hoy Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano.
“No existe una frontera marítima acordada entre Chile y Perú, y les corresponde a ustedes determinar dicha frontera para conseguir una solución equitativa”, aseveró al concluir su exposición ante el alto tribunal internacional.

Del mismo modo, dijo, le compete al tribunal precisar el inicio exacto de dicha delimitación, que debe ser del punto terminal de la frontera terrestre que es el Punto Concordia, tal como se definió en 1929 y 1930.

“También deberá trazar la línea equidistante que sería una bisectriz del Punto Concordia. (…) Le corresponderá comprobar que esta línea no conlleve desproporción entre las costas pertinentes de ambas partes, así como las aguas”, precisó, según la traducción del inglés de su exposición ante el alto tribunal.

Pellet señaló que la Declaración de Santiago sí es un tratado, pero no de naturaleza fronteriza, y prueba de ello es que las naciones firmantes –Perú, Chile y Ecuador– no lo registraron ante las Naciones Unidas, sino hasta 21 años después.

“Uno no espera 21 años para registrar un acuerdo de fronteras ante las Naciones Unidas. Y cuando uno quiere delimitar una frontera mediante un tratado no se dice en el preámbulo del instrumento una serie de objetivos que nada tienen que ver con la delimitación en cuestión”, aseguró.

Añadió que en la elaboración de un tratado fronterizo se utilizan mapas cartográficos para trazar límites y se describe “con pelos y señales, negro sobre blanco”, dicha frontera en el texto del acuerdo.

Según explicó, cuando los tres países signatarios de la Declaración de Santiago de 1952 suscribieron ese documento lo que pretendían era establecer una política común con miras a la conservación y explotación de recursos naturales frente al resto del mundo.

“Cuando se dieron cuenta del partido que podían sacar de la declaración en el marco de la Tercera Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, sólo entonces, el 3 de diciembre de 1973, el mismo día de la inauguración de la conferencia, registraron su declaración ante el secretario general de las Naciones Unidas”, indicó.

Por último, argumentó que el "Triángulo Exterior" en el mar le corresponde a Perú, pese a que Chile, durante su exposición, insistió en que esa porción del océano se ubica en alta mar.

“El 'Triángulo Exterior' no es alta mar. (…) Se trata de una zona en la que Perú tiene, ipso facto e ipso jure, derechos soberanos y jurisdicción que le reconoce el derecho internacional contemporáneo de la mar, como el Convenio Montego Bay”, anotó.

Pedro dijo...

La Agencia de noticias Andina nos dice:
Tratado marítimo Perú-Ecuador del 2011 no se basó en Declaración de Santiago.-
La Haya, dic. 11 (ANDINA). El acuerdo de fronteras marítimas suscrito en el 2011 entre Perú y Ecuador no se basó “para nada” en la Declaración de Santiago (1952), como alega Chile para argumentar que ese instrumento fijó sus límites marítimos con Perú, aseguró hoy el abogado del equipo peruano ante La Haya, Rodman Bundy.
En respuesta a la posición esgrimida por el abogado de Chile, Pierre Marie Dupuy, aclaró que el acuerdo entre Lima y Quito en ningún momento señala que se firma en aplicación de los convenios pesqueros de 1952 y 1954, ni que este instrumento confirma “delimitaciones anteriores”.

“El abogado de Chile hizo gala de una muy extraña capacidad a la hora de especular sobre lo que tenían en mente Perú y Ecuador durante sus negociaciones, que llevaron a la conclusión de un acuerdo de fronteras marítimas”, manifestó Bundy.

Sostuvo también que cuando Chile menciona una declaración del Congreso ecuatoriano en la que supuestamente se ratificaban los acuerdos de 1952 y 1954 “está citando una declaración equivocada”, pues nada de lo firmado en el 2011 sustenta tal afirmación.

“Esto no se menciona en el acuerdo de mayo del 2011, ni dice que la línea de demarcación creada por los instrumentos anteriores es ratificada de una forma u otra”, anotó el abogado de Perú, en la segunda ronda de alegatos del equipo peruano ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

Indicó que Dupuy dedicó todo su alegato a las actitudes de Perú y Ecuador antes de su acuerdo de fronteras del 2011 y cómo Chile reaccionó ante dicho acuerdo, solicitando conversaciones con Ecuador; pero no dijo nada de los términos propios de este acuerdo entre Lima y Quito.

Bundy alegó que, cuando los dos países (Perú y Ecuador) concluyeron su acuerdo limítrofe, todo lo que se pudiera decir antes acerca de la situación fronteriza “no es pertinente”, pues lo importante desde el punto de vista jurídico es lo que dice el acuerdo mismo en su contenido.

El acuerdo Perú-Ecuador, añadió el jurista, es “autónomo y autoexplicativo”, y se trata de un acuerdo claro de delimitación, que no hace referencia a los instrumentos de 1952 y 1954, punto que –según recordó– tampoco fue cuestionado por la propia defensa de Chile.

“Aquí se dice de forma clarísima que el acuerdo establece una frontera marítima entre los dos países (Perú y Ecuador). Se trata de una delimitación que nunca había existido antes, lo que es evidente por los propios términos del acuerdo”, dijo Bundy ante los jueces del tribunal.

Cuestionó también el argumento de Chile de que Ecuador estaría “particularmente interesado” en la interpretación que dará la corte a la naturaleza y alcance jurídico de la Declaración de Santiago, y que el país del norte “quería curarse en salud” al trazar sus límites marítimos con Perú.

Consideró que es “poco compatible” tal afirmación con el argumento que Dupuy esgrimió después, cuando señaló que Ecuador no interviene en este caso “porque no tiene nada que temer” de la sentencia del tribunal.

También recordó que Chile añadió una serie de mapas a su acuerdo limítrofe con Argentina y lo hizo registrar en las Naciones Unidas; hecho que no hizo con Perú, lo cual es poco coherente con sus argumentos de que la Declaración de Santiago fijó el límite marítimo.

“El acuerdo Perú-Ecuador también fue registrado en Naciones Unidas y hace referencia al acuerdo por canje de notas de contenido idéntico por el que se establecen las fronteras marítimas entre los dos países” manifestó.